Por estos días a través de la página congreso virtual, plataforma de participación ciudadana, se está votando sobre la idea que propone modificar el Código Civil, a objeto de sustituir la calificación jurídica de los animales, que desde la época del derecho romano, han sido calificados como “cosas”, por otra acorde con la evidencia científica y con legislaciones más avanzadas que han abandonado tal concepción, a objeto de otorgarles un tratamiento jurídico acorde a su naturaleza, tal como se especifica en el sitio.
Sobre ello, académicos de la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad de Concepción, han destacado la importancia de la iniciativa.
“Esto reconoce nuestra responsabilidad para establecer limites en nuestro comportamiento para alcanzar una vinculación respetuosa con los seres vivientes no humanos y a aceptar que aunque hemos utilizado seres vivos para construir nuestras civilizaciones, su existencia no puede estar sometida al arbitrio de los seres humanos. Por lo tanto, el proyecto busca incluir en nuestro ordenamiento jurídico el que los animales son sintientes y tienen rango moral”, manifestó el académico del Departamento de Ciencia Animal, Dr. Alejandro Santa María Sanzana.
El experto agregó también que los potenciales cambios son diversos. Desde incluir en la ley de Protección a los Animales las llamadas “Cinco Libertades del Bienestar Animal” vinculadas a la producción animal (Libres de hambre y sed; libres de malestar físico y térmico, libres de enfermedades y lesiones, libres para poder expresar un patrón de comportamiento normal para la especie y libres de miedos y angustias) a prohibir la exposición y venta de mascotas en vitrinas; a regular las compras compulsivas, exigiendo una capacitación previa al futuro propietario; a obligar a que en un accidente la intervención incluya el rescate y tratamiento de las mascotas así como de las personas afectadas (hoy la mascota tiene el mismo rango jurídico que una maleta); a regular un régimen de visitas o custodia de mascotas en un divorcio o en un juicio, a indemnizar por el sufrimiento de la mascota (hoy la víctima es el propietario) entre otras materias.
“El proyecto no modificará la explotación animal, pero sí permitirá́ avanzar en nuevo marco normativo más respetuoso de las manifestaciones de vida no humana, además de controlar y minimizar el sufrimiento animal. Por otro lado, entre otras, se prohibirá comercializar productos hubieren sido probados o experimentados en animales y la utilización de animales para la elaboración de productos cosméticos”, precisó el Dr. Alejandro Santa María, quien agregó que también será necesario modificar la Ley de Caza, las normas sobre el Circo Chileno, el Código Sanitario y la ley sobre Protección de los Animales.
Por su parte, el académico Dr. Daniel Sandoval Silva, del Departamento de Patología y Medicina Preventiva, y presidente del Comité de Bioética de la Facultad de Ciencias Veterinarias se refirió a la noción desde el punto de vista académico sobre este tema. “Dentro de la academia se ha trabajado sin descanso en la generación de buenas prácticas y protocolos que permiten generar conocimiento de alto nivel e impacto, pero salvaguardando el bienestar de los animales evitando su sufrimiento, todo ello en concordancia con la Ley Nº 20.380, del año 2009, y más específicamente con el Artículo 1º que dispone que el proceso educativo debe inculcar la protección de los animales como “seres vivientes y sensibles que forman parte de la naturaleza”. Por tanto, la modificación de la calificación jurídica, sería adecuada desde el punto de vista académico”.
Finalmente el Dr. Daniel Sandoval, manifestó que esta iniciativa constituye una evolución en la materia. “Sin duda es un importante avance en el desarrollo de una sociedad acorde a las situaciones actuales. A modo de ejemplo, algunos países, como Argentina, Brasil y Estados Unidos, han logrado que sus tribunales dejen de tratar a los animales como “cosas”. Recientemente, el 02 de diciembre, en España, el Pleno del Congreso aprobó la propuesta de ley de modificación del Código Civil para que los animales dejen de ser considerados de esta manera, reconociendo su naturaleza de seres sintientes. Por otra parte, en Colombia y Canadá ya está contemplado en su legislación civil, por lo tanto ya existen en curso experiencias al respecto en el continente, las que deberíamos observar tanto en su comportamiento como en sus repercusiones”, explicó el experto, quien agregó que un estatus jurídico descosificante para los animales no humanos es un importante avance en materia civil y en consecuencia, “traerá necesarias adecuaciones a otros ámbitos, como administrativo, comercial y educacional. En este último punto, la norma legal podrá finalmente reflejar lo que se ha demostrado científicamente y aplicado en la academia, principalmente con la formación de los profesionales, no sólo en la carrera de Medicina Veterinaria, como así también de otras carreras que consideran estudios con animales en nuestra Universidad”.