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El 3 de agosto de 2018 la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) solicitó al Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, el ejercicio de la facultad de imperio para el cumplimiento de la resolución que autorizaba la sanción de clausura del plantel de cerdos Santa Josefina en la comuna de Coihueco, de propiedad de la empresa Agrícola y Frutícola Veneto Ltda., por carecer de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
La Superintendencia recurrió a esa instancia tras comprobar por medio de fiscalizaciones que la firma no había iniciado ninguna de las medidas para comenzar el despoblamiento de la masa ganadera que le había ordenado en mayo del año pasado, con autorización del Tribunal.
En la petición, la SMA solicitaba al Tribunal “oficiar al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) para que adopte todas las medidas que estime pertinentes para detener lo más pronto posible la inseminación de hembras”.
La respuesta del Tribunal fue negativa explicando que “tanto el SAG como la Autoridad Sanitaria, instruídos por la SMA, deben solicitar el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario”.
Desde agosto a marzo, mes en que se concretó el plazo de cierre, la SMA no volvió a realizar otra acción, en tanto, la empresa por medio de sus abogados interpuso a fines de agosto un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago.
Cumplido el plazo, la SMA solicitó al SAG nuevamente encargarse de la masa ganadera. El SAG se negó, por considerar que no existían normas zoosanitarias infringidas por la empresa, que avalaran su intervención.
La SMA recurrió otra vez al Tribunal Ambiental para que oficiara al SAG. Sin embargo, la respuesta fue la misma: “no ha lugar, sin perjuicio de ordenar a la SMA que oficie a Carabineros de Chile para hacer cumplir su resolución sancionatoria y cualquier otra medida cautelar necesaria para dicho fin”.
El Tribunal enfatizó que se trata de una sanción administrativa y no judicial.
Vacíos en la legislación
La abogada encargada de Justicia Ambiental de la Defensoría, Alejandra Donoso, sostuvo que “no es raro que la SMA diga que no puede hacer cosas que sí puede, porque no tienen tanto presupuesto, tienen poco personal, entonces les cuesta hacer lo que tienen que hacer”.
Donoso hizo hincapié en que “quien tiene que hacer el trabajo es la SMA. Ellos pueden actuar con fuerza pública, si ellos disponen la sanción y está además visada por el Tribunal, tienen que ejecutar la clausura, no hay ningún motivo por el cual la Superintendencia no pueda ejecutar las sanciones que dicta”.
Ante el recurso de protección que interpuso la empresa, la abogada enfatizó que “jurídicamente no hay ningún motivo para que no se pueda cumplir esa sentencia. El recurso de protección dice que la acción de protección es sin perjuicio de cualquier otra que puedan interponer, no obsta a nada”.
Sobre el argumento de Agrícola Veneto en el recurso, que sostiene que el plantel funciona desde mucho antes que se exigiera una Resolución de Calificación Ambiental, por lo que no están obligados a tenerla, Donoso explicó que “efectivamente la institucionalidad ambiental rige en Chile desde 1997, y cuando se dictó la ley no se dijo qué iba a pasar con los proyectos que ya existen, por lo tanto uno de los argumentos que han presentado las industrias es que tienen derecho a no evualuarse porque empezaron a funcionar después de que existiera el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Pero hay motivos por los cuales ese argumento se puede tirar hacia abajo y de hecho fue lo que el Tribunal Ambiental hizo”.
La abogada aconseja a la comunidad afectada que pida una audiencia con la SMA.
Donoso recalcó que “una cosa es pedir ayuda, que eso no está prohibido, y otra diferente es que sea el SAG el que ejecute, pues quien tiene que hacerlo es la Superintendencia, porque ella dictó la sanción”.
Vacíos legales
El diputado Frank Sauer-baum (RN), quien solicitó un informe a la SMA para clarificar la situción, reconoció que “esto demuestra claramente los vacíos legales que impiden una pronta ejecución, nosotros hablamos con la ministra para que ella coordine un trabajo en conjunto con todas las reparticiones incluido el SAG y la Seremi de Medio Ambiente. Carabineros tiene que ejecutar la sanción, pero no cuenta con herramientas para hacerlo. Las autoridades tienen que ponerse de acuerdo por el daño ambiental que se sigue provocando”.
La SMA aseguró que “está en proceso de análisis de las acciones a seguir”.