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Corte Suprema confirma rechazo al desafuero del gobernador regional

La Corte Suprema confirmó el rechazo al desafuero del gobernador regional de Ñuble, Óscar Crisóstomo (PS), al desestimar por unanimidad la solicitud presentada por el Ministerio Público en el marco de una investigación por presunto cohecho entre particulares.

La resolución ratificó lo resuelto en septiembre de 2024 por la Corte de Apelaciones de Chillán y cerró la discusión judicial sobre la petición de retirar la inmunidad de la autoridad regional.

El pronunciamiento del pleno de la Suprema se produjo el pasado 4 de septiembre, cuando sus integrantes resolvieron por 17 votos contra cero rechazar la solicitud de desafuero. Entre los fundamentos, el máximo tribunal sostuvo que los antecedentes reunidos por la Fiscalía no alcanzaban el estándar de plausibilidad requerido para acceder a la medida.

La investigación apunta a hechos que habrían ocurrido antes de que Crisóstomo asumiera como gobernador, cuando se desempeñaba como director del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu). Según la hipótesis del Ministerio Público, el entonces funcionario habría realizado gestiones a través de una empresa de su propiedad para favorecer a una constructora en la adjudicación de un proyecto de viviendas sociales, a cambio de un supuesto pago de $23 millones.

Con el objetivo de avanzar hacia la formalización de cargos, la Fiscalía solicitó el desafuero de la autoridad. Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Chillán rechazó la petición en septiembre de 2024, decisión que el ente persecutor intentó revertir mediante una apelación.

La controversia continuó luego de que la defensa de Crisóstomo, encabezada por el abogado Enrique Aldunate, recurriera al Tribunal Constitucional (TC) para solicitar que se declarara inconstitucional la apelación presentada por la Fiscalía.

Pese a los precedentes jurisprudenciales de la magistratura constitucional, el TC rechazó el requerimiento y permitió que el Ministerio Público continuara con su intento de impugnar la resolución de la Corte de Apelaciones. Se trató de una decisión excepcional, comparable con un antecedente registrado en 2018, cuando se autorizó la apelación presentada por la entonces fiscal regional Nayalet Mansilla.

Posteriormente, en diciembre del año pasado, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de apelación, siguiendo el criterio que había aplicado en casos de esta naturaleza y confirmando inicialmente lo resuelto por el tribunal de alzada de Ñuble.

No obstante, días después la Fiscalía consiguió que se acogiera un recurso de reposición, lo que permitió que el máximo tribunal revisara la apelación y se pronunciara sobre el fondo de la controversia.

Finalmente, según informó diario La Tercera, pese a la insistencia del Ministerio Público, el pleno de la Suprema mantuvo el rechazo al desafuero y descartó que los antecedentes presentados justificaran acceder a la solicitud.

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