La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $10.000.000 por concepto de daño moral, a Arnoldo Luis Reyes Gutiérrez, trabajador y dirigente sindical de Socoagro a la época de los hechos, detenido por efectivos de la Policía de Investigaciones, en septiembre de 1973, y trasladado al Regimiento de Infantería N°9 de Chillán, para más tarde ser derivado a la cárcel de la ciudad, recintos donde fue sometido a interrogatorios bajo tortura.
En fallo unánime (causa rol 718-2026), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Paulina Gallardo, Érica Pezoa y el abogado (i) Cristián Coloma– confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Primer Juzgado Civil de Chillán.
“Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha ocho de mayo de dos mil veinticinco”, consigna el fallo.
La sentencia de primera instancia ratificada estableció que: “(…) para el tribunal es posible presumir la concurrencia de los daños y secuelas psicológicas que los actos de detención y tortura, atendida la naturaleza de los ilícitos y las circunstancias en que estos fueron ejecutados. Así, y por la esencia del daño moral, la fijación del quantum no obedece a un simple cálculo aritmético, sino que debe atenderse a la extensión y gravedad de tal lesión, quedando su regulación entregada a la prudencia del juzgador para lo cual se atenderá al contexto, la imposibilidad de recurrir a las autoridades en búsqueda de protección en su oportunidad, así como la privación de un justo proceso, aspectos que conducen a fijar la como una justa reparación y satisfacción de reemplazo de acuerdo al mérito del proceso, la suma de $10.000.000”.




