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Modificación Ley 18834

Señor Director:

En su edición de fecha 14 de agosto de 2026, su diario publica una noticia relacionada con la regulación del Estatuto Administrativo que rige a los funcionarios públicos y a las entidades de la Administración del Estado. Entre los aspectos que se estarían considerando se encuentra la eliminación de las actuales calidades jurídicas de los funcionarios públicos, es decir, las categorías de planta, contrata y honorarios.

Este eventual cambio constituye una modificación de gran trascendencia para el funcionamiento del Estado y para miles de funcionarios públicos. Por ello, sería importante conocer con mayor detalle sus alcances, especialmente en materias como la estabilidad laboral, los derechos adquiridos y las condiciones bajo las cuales se produciría una eventual transición hacia un nuevo régimen.

Cabe señalar que la normativa que regula este vínculo laboral tiene ya 27 años y, naturalmente, requiere ser revisada y actualizada de acuerdo con la evolución que ha experimentado el mundo laboral y las nuevas necesidades de la Administración Pública.

Es comprensible que una eventual reforma genere preocupación entre los funcionarios, particularmente por la incertidumbre que puede provocar cualquier modificación de sus actuales condiciones laborales. Sin embargo, los servicios públicos tampoco pueden permanecer sujetos indefinidamente a normas que han quedado desactualizadas frente a los cambios que ha experimentado el país.

Por ello, más que temer a la modernización, debiéramos exigir que esta se realice de manera responsable, transparente y con pleno respeto por los derechos de quienes trabajan en el Estado. Una reforma de esta naturaleza debe buscar un equilibrio entre la necesaria modernización de la Administración Pública y la legítima seguridad y estabilidad de sus funcionarios.

Raúl Jara Riquelme

Ex funcionario Público

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