El 2026 marca un hito en la formalización de la actividad económica en Chile. A partir del 2 de enero, entró en vigor una normativa que obliga a miles de emprendedores y prestadores de servicios a declarar el inicio de sus actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Esta medida afecta a quienes operan en marketplaces, contratan medios de pago electrónicos, realizan trámites en organismos públicos o solicitan créditos comerciales.
En entrevista con El Diario de Cooperativa este lunes, el subdirector de asistencia del Servicio de Impuestos Internos, Patricio Muñoz, afirmó que el objetivo principal de esta obligación es “equiparar la cancha respecto de todas aquellas empresas o personas que hoy están trabajando en la formalidad”.
La iniciativa busca que “todo el ecosistema empiece a pedir la formalización de aquellas personas que están haciendo hoy día negocios”, involucrando no solo a marketplaces y operadores de pago, sino también a instituciones estatales al otorgar permisos o fondos concursables, explicó el funcionario del SII.
La normativa se centra en las personas que “realizan una actividad comercial de manera permanente, es decir, donde prima la habitualidad”, enfatizó el subdirector, dando como ejemplo que la venta ocasional de objetos personales, como “la ropa de mi hijo, o los juguetes que ya no ocupa”, no requiere inicio de actividades.
En contraste, vender empanadas “sábado y domingo” de forma regular sí se considera una actividad habitual y, por lo tanto, sujeta a la obligación. Por otro lado, la venta en ferias navideñas o estivales, al no ser permanente, se considera esporádica. La habitualidad también se aplica a los prestadores de servicios, como quienes ofrecen “clases de inglés”.
El SII consideró regímenes especiales para dos segmentos específicos que históricamente han tenido menor acceso a la formalización, uno de ellos los vendedores de Ferias Libres.
“Durante todo el primer semestre (de 2026) los vamos a apoyar para que se formalicen y, por lo tanto, las municipalidades no les van a expedir la iniciación de actividades durante este primer semestre”, dijo Muñoz.
A esto sumó que este año se habilitó un “Registro de personas que realizan actividades de subsistencia”. Este registro está destinado a aquellos que venden para “poder subsistir” y tienen un tope máximo de ventas de cinco UTM mensuales (aproximadamente 350.000 pesos). Quienes se inscriban en este registro “van a quedar también liberadas del inicio de actividades”.




