Ñuble consigna dos funerales de alto riesgo a partir de la nueva ley

En mayo de este año entró en vigencia la Ley 21.717, que regula la realización de funerales que representan un riesgo para la seguridad y el orden público, estableciendo un procedimiento, las medidas de control y las sanciones para los delitos cometidos con ocasión de ellos, disponiendo asimismo, la modificación de otros cuerpos legales.
A la fecha, ocho de las 16 regiones del país registran este tipo de sepelios, de acuerdo al registro que mantienen las delegaciones presidenciales, autoridades encargadas de efectuar la calificación de funeral de riesgo.
Entre estas regiones, Ñuble aparece junto a Los Lagos en el sexto lugar, con dos funerales de alto riesgo, ambos consignados en el mes de agosto en Chillán y Quirihue, según los datos publicados por La Tercera, sobre la base de información proporcionadas por dichas autoridades por Ley de Transparencia.
La cifra confirma una baja paulatina durante los últimos años. En 2023, hubo en la región tres funerales de alto riesgo, en Coelemu, San Carlos y Chillán, mientras que el año anterior se registraron cinco, según datos de La Discusión.
Hasta antes de la ley, existía un protocolo de carabineros para determinar y actuar ante un narcofuneral.
Hoy, se establece que la autoridad encargada de efectuar la calificación de funeral de riesgo es el Delegado o Delegada Presidencial Regional, mediante resolución fundada, y de conformidad al reglamento de la propia ley. En dicha resolución, deberá considerar un informe técnico que deberá elaborar Carabineros de Chile, en el que se deberá consignar los antecedentes delictuales del fallecido, las circunstancias del deceso y los demás criterios que defina el reglamento de la ley. Para efectuar esta calificación, dicha autoridad deberá requerir información a Policía de Investigaciones y Gendarmería de Chile.
Por su parte, la ley dispone que la resolución del Delegado o Delegada Presidencial que corresponda se deberá notificar personalmente a los familiares directos del fallecido inmediatamente después de su dictación, bajo el orden de prelación y cumpliendo los demás requisitos señalados en la ley.
En cuanto a la sepultación o cremación de la persona fallecida, esta se debe realizar en un plazo máximo de 24 horas desde la notificación de la resolución, lo que comprende la inscripción de la defunción en el Servicio de Registro Civil e Identificación y el traslado del fallecido directamente hasta el lugar donde se realizará el funeral. Además, se contemplan una serie de medidas de carácter administrativa tendientes a agilizar y garantizar que el proceso funerario se lleve a efecto en este plazo.
Crimen organizado
En Ñuble, las autoridades han sido cautas al hablar de crimen organizado tras este tipo de ceremoniales.
No así en la Región Metropolitana donde tienen contabilizado en cerca del 40 por ciento aquellos funerales ligados al crimen organizado.
Según el informe de delegados aportados a La Tercera, de los 127 “narcofunerales” calificados por las delegaciones presidenciales desde el 28 de mayo y hasta la fecha, la gran mayoría de estos se concentra en la Región Metropolitana (RM), seguido de las regiones del Biobío, Valparaíso y Coquimbo.
En el caso de la capital, la Delegación Presidencial Metropolitana informó que hasta el 24 de noviembre han recibido 257 alertas de funerales, de las cuales el 37% de ellas ha sido catalogado como de riesgo, específicamente 97 funerales vinculados al crimen organizado. A través de Transparencia, la institución encabezada por Gonzalo Durán detalló que la mayoría de estos hechos (24) ocurrieron en septiembre.
Mayor regulación
Con la creación del Ministerio de Seguridad, la coordinación de la nueva ley ha sido aplicada con mayor coordinación y eficiencia.
A juicio del magíster en Criminología Jorge Tobar, “hoy, con el pleno ejercicio de esta ley, se aborda intersectorialmente, especialmente desde lo político-administrativo y policial, colocando márgenes a las actuaciones de quienes organizan y participan de estos funerales”.