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Preocupa cada vez más el número de delitos cometidos por niños y jóvenes menores de 18 años, quienes -en muchos casos- resultan de difícil recuperación para la sociedad. Tráfico de drogas, robo de vehículos y asaltos, muchas veces en banda y con armas, con grados de alevosía crecientes, son los hechos más frecuentes.
El antecedente es, por lo general, la absoluta exclusión de cualquier contención familiar o social. Este círculo vicioso se retroalimenta cuando los menores reciben la “escuela de la calle”, donde inevitablemente adquieren malos hábitos -en especial relacionados con las drogas – que hacen aún más difícil su recuperación.
Según estudios recientes, la tasa de reincidencia penal en menores de edad da cuenta de que cerca de un 40% de los menores que han pasado por el circuito judicial juvenil, ha vuelto a cometer delitos. Igualmente, los reportes oficiales, como las investigaciones de centros de estudios y universidades, demuestran que existe un paulatino aumento en esta tasa, totalizando en los últimos 5 años más de 30.000 casos.
¿Tiene algún sentido analizar tales datos? La respuesta es afirmativa y el sentido es el único que puede aceptarse: el destinado a tomar como base esas circunstancias para la planificación de políticas de educación, integración y prevención.
La Ley 20.084 establece un sistema de responsabilidad penal especial para los adolescentes, que considera la aplicación de penas distintas a las consideradas por la ley común, en consideración a la edad y necesidad urgente de instar por su reinserción social. Una de las penas que esta ley considera es la internación del menor que ha delinquido en un centro donde es privado de libertad con el fin de someterlo a programas y tratamientos que pueden tener como objetivo provocar su reescolarización y/o prepararlos para un trabajo digno. Lamentablemente, en su aplicación, esta normativa se ha estrellado con la lógica de dejar a los imputados con la menor cantidad de medidas cautelares posibles, con lo que se pierde la oportunidad de una intervención que puede ser muy valiosa para la evolución de los menores, incluyendo también atención para sus padres.
Por lo mismo, cobra relevancia entonces el recién creado Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, que busca acercar en mayor medida la regulación legal a los principios y objetivos de la reinserción social juvenil y lo que los expertos llaman “justicia restaurativa”, fundamental para la impartición de justicia para las y los adolescentes que se imputen o sancionen por infringir la ley.
El sistema judicial de menores trata diariamente con las más crudas realidades sociales que afectan a adolescentes y niños, pero con muy escaso reconocimiento social y apoyo institucional. La imagen que presenta esta situación recuerda la de una alarma, que suena desde hace mucho tiempo sin que nadie le preste atención, a pesar del estado de emergencia en que se encuentra.
Los menores infractores de la ley son responsabilidad de todos nosotros, pero parecería que nadie quiere asumir esa responsabilidad. Esta nueva normativa es un primer avance para comenzar a pagar la deuda de igualdad de oportunidades que se merecen.