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La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a G.A.S.R. a la pena única de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual y violación de menor de 14 años de edad. Ilícitos cometidos entre 2018 y 2023, en la comuna.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Claudio Arias Córdova, Érica Pezoa Gallegos y el fiscal judicial Solón Vigueras Seguel– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
“(…) aparece que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán establece los hechos relevantes probados en el juicio, pondera los medios probatorios que permiten acreditar tales premisas fácticas, establece el derecho aplicable, plasma en el fallo el convencimiento alcanzado y la explicación de su convicción más allá de toda duda razonable y expresa las razones por las cuales no acoge los argumentos de la defensa. Cada una de las explicaciones que han dado los jueces responden no solo a razones lógicas, sino también al contexto propio donde deben desarrollar el argumento jurídico, cumpliendo con las exigencias impuestas por la ley en el análisis de la prueba”, sostiene el fallo.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que, en fechas indeterminadas, aproximadamente entre el 13 junio de 2018 y el 30 de marzo de 2023, en una vivienda de la comuna de Chillán, G.A.S.R., mientras se encontraba al cuidado de la víctima nacida en 2011 e hija de su conviviente, procedió en forma reiterada a realizar en contra de la menor actos de significación y relevancia sexual y a violarla.