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Sin perjuicio de definiciones jurídicas que pueden adoptarse para mejorar las regulaciones del mercado y reducir las asimetrías y concentraciones, existe un amplio campo de acción referido a normas de conducta de carácter ético que se ha abordado tímidamente en Chile y que corresponden al campo de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE), entendida ésta no como actos de beneficencia hacia la comunidad, sino como una acción que forma parte de su actuar permanente.
La historia “oficial” de la RSE se remonta a casi un siglo, con el nacimiento y la creación de pequeñas fundaciones y proyectos filantrópicos en países como Reino Unido o Francia. Sin embargo, bien podríamos decir que ha existido desde siempre, considerada como la forma ética en que los hombres de negocios y empresarios asumían sus responsabilidades frente a la sociedad en la cual desarrollaban sus actividades económicas”.
Hoy no hay empresa de cierto tamaño y expuesta al mercado que no procure ganar reputación más allá de la que depara su comportamiento estrictamente económico. La reputación corporativa forma parte de esa amplia y heterogénea gama de activos intangibles que disponen de una influencia creciente en el valor de las empresas, coticen o no en mercados de valores.
Que las empresas adopten compromisos que signifiquen avances sociales, o el respeto a los derechos de las personas más allá de lo que establecen las regulaciones, es inequívocamente favorable. Pero no siempre está garantizada la coherencia entre las definiciones que supuestamente articulan la responsabilidad social de la empresa, entre las intenciones, y las prácticas de las mismas.
En efecto, son numerosos los casos en los que empresas con un catálogo amplio de propósitos de acción social no cumplen, por ejemplo, con sus más elementales obligaciones fiscales, o mantienen prácticas laborales que pueden rozar la ilegalidad o entran en el juego de la corrupción política o de cualquier otra naturaleza, pese a que anualmente exhiben un voluminoso catálogo de responsabilidad social.
En otras empresas, obligadas a mantener acciones de RSE se convierte en una práctica rutinaria, susceptible incluso de ser encomendada su elaboración a empresas especializadas en lucir atributos no siempre reales.
Por eso es conveniente disponer de mecanismos rigurosos de escrutinio de la responsabilidad social. En el caso de las empresas, la clave será verificar la consistencia con el conjunto de las acciones que ejecuta, en especial en las actuaciones internas. Desde la magnitud de las asimetrías en la remuneración de los trabajadores, hasta la veracidad de la propia información contables, o el cumplimiento de las regulaciones comunes a la actividad empresarial, incluidas las medioambientales.
Que se utilice la RSE como herramienta de marketing o publicidad puede ser legítimo, pero siempre que los enunciados y códigos se ajusten a la realidad. Como en otros avances de la organización económica y social, la decepción por cuidar solo las apariencias puede ser mayor que la propia ausencia de propósitos socialmente responsables.