Ley de olvido oncológico
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Señor Director:
El denominado “derecho al olvido” es una figura que progresivamente ha sido acogida en distintos ordenamientos
jurídicos. Consiste en la facultad que tiene una persona para solicitar la eliminación de antecedentes contenidos en
bases de datos, o que estos se entiendan inexistentes para ciertos fines, cuando su conocimiento por parte de terceros
le ocasione perjuicios injustificados o afecte sus.
Si bien este derecho es importante, resulta más relevante para las personas que han padecido cáncer y que luego de
atravesar el sufrimiento que provoca esa enfermedad son víctimas de discriminación en distintos ámbitos.
Por eso, es un avance la reciente aprobación de la “Ley de Olvido Oncológico” que fija garantías tendientes a prevenir,
suprimir y sancionar tratos discriminatorios a personas que han cumplido cinco años sin recaídas desde la finalización
de su tratamiento.
Resta ahora desarrollar acciones que informen con precisión a los beneficiarios acerca de los derechos que les entrega
y a los obligados por ella sobre la manera más expedita de cumplirla.
Con una correcta aplicación de esta norma se contribuirá a eliminar la notoria injusticia que afectaba a muchas per-
sonas que padecieron cáncer y se aportará para que legítimamente busquen no sólo sobrevivir, sino un buen vivir.
José Ignacio Núñez
Profesor de Derecho Constitucional UA