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Señor Director:
Es una gran noticia, especialmente para las mujeres, que el Estado haya promulgado la denominada Ley Karin contra el
acoso en el trabajo. Iniciativa de una parlamentaria y acogida por el Ejecutivo, la ley tuvo una amplia convocatoria recono-
ciendo que la discriminación, el acoso y la violencia son incompatibles con el trabajo decente. Sin duda, esta iniciativa da
cuenta de la importancia de la paridad en los órganos legislativos. Junto con ello, la nueva ley se alinea con los estándares
internacionales contenidos en el recientemente ratificado Convenio sobre la violencia y acoso en el mundo del trabajo
(C190) de la OIT, incorporando un abordaje integral de la violencia de género en las relaciones de trabajo.
Dichos estándares incluyen la prevención del fenómeno de la violencia, e instan a las organizaciones y empresas a
actuar antes de que ocurra para reducir sus consecuencias, las que no se limitan a las víctimas. El acoso y la violencia
en el trabajo impacta en el corto, mediano y largo plazo en la salud de las personas aumentando los riesgos psicoso-
ciales en el trabajo y el ausentismo laboral. Afecta el desarrollo profesional de las mujeres, limita sus posibilidades
de ascenso y especialización, las expulsa del trabajo, o bien impide que se inserten en sectores masculinizados que
cuentan con mejores remuneraciones. Es por ello que la violencia contra las mujeres tiene un alto costo que alcanza,
también, a las familias y a las economías de los países. En efecto, recordemos que a nivel global se ha estimado el costo
de la violencia de género entre un 3,7% y un 4,3% del PIB anual de un país.
Gabriela Rosero Moncayo
Jefa Oficina ONU Mujeres Chile