Luego que el Servel diera a conocer las candidaturas aceptadas y rechazadas para la convención constitucional, desde distintos sectores han surgido cuestionamientos hacia el criterio adoptado por el organismo en torno al cumplimiento de la paridad de género.
Esto, porque varias de las listas aceptadas no cumplen con la regla de alternancia mujer-hombre, denominado mecanismo “cebra”, lo que sucede a nivel local con la lista del Apruebo, que al rechazarse la candidatura del independiente en cupo PRO, Sergio Hernández, deja al pacto con dos mujeres juntas, cerrando éste con un hombre.
La polémica surge de cómo cada una de las partes interpreta la disposición trigésima transitoria de la Constitución Política de la República, que fue la que permitió la paridad en la Convención constitucional. El asunto ya ha escalado y tiene al presidente del Servel, Patricio Santamaría, como uno de los blancos de los cuestionamientos, después de oficializar la visión del organismo al respecto.
“Hay una norma expresa en la disposición trigésima de la Constitución que regula los casos de listas pares y listas impares. Cuando son pares, deben ser el mismo número de cada sexo. Pero ahí la lista que debe empezar siempre con una mujer termina necesariamente con un hombre”, dijo.
Añadió que “Cuando se trata de listas impares, se señala que ‘un sexo no podrá superar al otro en más de uno’. Vale decir, puede ser un hombre más o una mujer más. Si se da el primer caso, terminará con un hombre, en cambio si se da el segundo, terminará con una mujer”, sostuvo Patricio Santamaría.
Espíritu de la ley
A nivel local, la candidata que encabeza la lista del Apruebo, Scarlet Hidalgo, enfatizó que es el Servel el que debe aclarar esta situación.
“Lo importante es que el Servel saque algún tipo de instructivo aclaratorio al respecto, y sea lo suficientemente comunicador respecto de por qué toma decisiones de X o Y manera. Es importante no dejar espacio a dudas, e insisto, el Servel debe preocuparse de la paridad, es el garante del proceso eleccionario, por tanto, es el responsable. No existe otro organismo que vele por el proceso”, aseveró.
Según la politóloga y académica de la UdeC, Jeanne Simon, “es ampliamente reconocido que existen múltiples barreras a la elección de las mujeres en política. Las numerosas barreras son sociales, culturales, económicas y políticas, incluyendo resistencia dentro del mismo partido o lista donde los hombres todavía tienen más influencia en las decisiones tomadas sobre las candidaturas. En relación al proceso eleccionario, las organizaciones políticas definen cuáles candidatos y candidatas van a priorizar en la lista y en sus campañas. Por lo mismo, el orden de la lista es importante, porque hay una tendencia a votar por los primeros nombres. La exigencia de comenzar con una mujer busca reducir las otras barreras a la elección de la mujer puestas muchas veces por su propia organización, que percibe que el hombre es un ‘mejor candidato’”, afirmó.
En torno a que “un sexo no podrá superar al otro en más de 1”, según Simon, es algo importante, “pues favorece que haya mayor paridad en los resultados eleccionarios. Lo ideal sería que el resultado fuera paritario (igual número de hombres y mujeres en el distrito o una diferencia de no más de uno o una). Si no se logra paridad, se verá cuál es la candidatura con menos votos del sexo sobrerrepresentado. Esa candidatura quedará fuera de la convención y entrará la candidatura con mayor votación del sexo subrepresentado de su partido. Ahora, me parece complejo que se rechace una lista por no mantener la cebra. No me parece demasiado grave que queden dos hombres al final de la lista (por las razones explicadas anteriormente). No obstante, es un mal precedente, y podría llevar a una tendencia de poner más hombres que mujeres en las listas en otras elecciones”, aseveró.
La politóloga hizo hincapié en que “el actual sistema electoral favorece la sobrerepresentación de los hombres. El sistema de paridad en la entrada busca reducir algunas barreras, pero no logra igualar la cancha. Es ideal que se intervenga bien en la entrada para reducir la necesidad de intervenir a la salida”, sentenció.
Alfonso Henríquez, abogado y académico de la UdeC, planteó en tanto que “la normativa es muy clara en el sentido de exigir la alternancia entre hombres y mujeres en el orden en el cual se presentan las listas de candidatos a convencionales. Sin embargo, el Servel entendió que en los distritos con número impar de candidatos, la regla que dispone que ‘si el total de postulantes fuere impar, un sexo no podrá superar al otro en más de uno’, representaba una especie de excepción a la regla general, y que por tanto, autorizaba a aceptar listas que no cumplieran con el orden de alternancia. Se trata de una interpretación que no toma en cuenta la finalidad de esta normativa, la cual solo permite, en su correcta interpretación, que en una lista impar solo las mujeres pueden tener una representante más”, sostuvo.
Henríquez agregó que “El Servel, al razonar de un modo distinto, le podría estar restando cierta efectividad al mecanismo de paridad”, puntualizó.
¿Qué dice la norma?
La disposición legal que introdujo la paridad en el proceso constituyente contiene dos reglas, cada una en un inciso distinto.
La primera determina que todas las listas deberán estampar en primer lugar la candidatura femenina y, luego, establecer el sistema “cebra”, de alternancia mujer-hombre.
Las críticas surgidas apuntan a que decenas de listas aparecen sin “cebra” por rechazos de candidaturas específicas, como es el caso de la Lista del Apruebo en el distrito 19, por lo tanto, se estaría violando esta regla, y en esa lectura, el Servel debió rechazarlas.
Sin embargo, el organismo sí las aceptó, invocando la segunda regla, que estipula que en pactos con un número impar de candidatos, la ley nunca habla de que tendrá que haber más mujeres que hombres en la lista, sino que un sexo no podrá superar al otro en más de uno”.