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La Corte de Apelaciones de Chillán revocó hoy la resolución del Juzgado de Garantía de Bulnes, el que no dio lugar a la prisión preventiva que el 7 de octubre solicitó la Fiscalía de Bulnes en contra de Juan Araneda Luengo, quien en estado de ebriedad causó un accidente de tránsito que dejó un fallecido, el 6 de ese mes, en la Ruta N-50, a la altura del kilómetro 19,5, en San Ignacio.
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La abogada asesora de la Fiscalía Regional de Ñuble, Deysi Salinas Lizama, explicó que “hoy alegamos una apelación presentada por la Fiscalía Local de Bulnes, ya que dicho tribunal no dio lugar a una prisión preventiva en contra de un imputado formalizado por una conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte. El Ministerio Público considera que dicho imputado es un peligro para la seguridad de la sociedad, ya que la cantidad de alcohol que tenía en la sangre y la conducta posterior a los hechos que ocasionaron la muerte de la víctima nos hacen pensar que se requería la medida cautelar de prisión preventiva”.
La víctima, Héctor Valderrama Pinilla, viajaba en un vehículo en sentido contrario al del imputado y fue colisionado por éste, al atravesársele en la pista. El hombre sufrió un traumatismo encéfalo craneano complicado que le causó la muerte en el lugar.
A Juan Araneda Luengo se le detectaron 1.83 gramos de alcohol por litro de sangre y, en un principio, se negó a hacerse la alcoholemia, según Carabineros. Además, intentó cambiarse de asiento para evadir su responsabilidad en el accidente.