Corte de Apelaciones de Chillán rechaza recurso y confirma condena por homicidio
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La Corte de Apelaciones de Chillán desestimó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a Jerickson Ronaile Rivas Pimentel a la pena efectiva de 9 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple, delito perpetrado en noviembre de 2022, en la comuna de Coelemu.
En fallo unánime (causa rol 153-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Claudio Arias, Paulina Gallardo y el fiscal judicial Solón Vigueras– confirmó la resolución recurrida, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
“El hecho que la recurrente no esté de acuerdo con los raciocinios y conclusiones adoptados por los jueces, para rechazar las atenuantes, en modo alguno autorizan la procedencia del recurso de nulidad, pues al no existir anomalía formal alguna, y actuando los sentenciadores dentro de sus facultades privativas y siendo soberanos en la apreciación de los hechos, no estaban obligados a acogerla, y no comprobándose la existencia de las deficiencias delatadas, ni apreciándose otras equivocaciones, hacen concluir que el arbitrio deducido, en cuanto persigue tener por configurado el vicio de nulidad develado, carece de base legal y, por lo tanto, el recurso debe ser desestimado”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “(…) la pena aplicada por el tribunal a quo, en aplicación de la facultad que le entrega el artículo 68 ya mencionado, es, en concepto de esta Corte, condigna con la gravedad del delito y las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal, por lo que en definitiva, la infracción de ley contenida en el recurso de nulidad, que reclama la recurrente, no influye en lo dispositivo del fallo, por ser dicha rebaja, tal como se dijo, una facultad privativa de los jueces”.
El fallo de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 18.50 horas del 8 de noviembre de 2022, Rivas Pimentel acompañado por terceros, concurrió hasta el domicilio de la víctima, ubicado en la comuna de Coelemu, lugar donde desde el exterior comenzó a insultarlo, por lo que el ofendido salió al antejardín, trabándose en una discusión con Rivas Pimentel, quien ingresó a la propiedad portando un arma blanca, con la cual le infirió una herida corto punzante en el hemitórax derecho con perforación de pulmón, que le provocó la muerte a la víctima