La Corte de Apelaciones de Chillán condenó a Hipermercado Tottus a pagar una multa de 5 UTM y una indemnización de $5 millones por concepto de daño moral de cliente.
El fallo señala que Isabel del Carmen Gatica Venegas sufrió una caída al interior de local, al tropezar con una instalación que no contaba con señalética, que le causó pérdida de conciencia, contusiones y fractura de radio, en diciembre de 2017.
“Que, habiéndose acreditado que la actora interpuso reclamo por los hechos en cuestión ante el SERNAC en contra del establecimiento comercial tantas veces aludido, y que su tramitación concluyó el 10 de abril de 2018, por lo que el plazo de prescripción se entiende suspendido durante su tramitación (…) motivo por el cual a la fecha de notificación de la demanda (13 de julio de 2018), éste no había transcurrido, razón por lo que se rechazará la prescripción alegada por el recurrente”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “(…) esta Corte concuerda con las conclusiones arribadas por el juez a quo en su considerando séptimo, en cuanto a no tener por acreditado el daño emergente y lucro cesante, por ser insuficientes las pruebas rendidas en la causa, para probar dichos rubros”.
La Corte concluye que “se confirma, sin costas del recurso, la sentencia apelada de primero de febrero último que acogió la querella infraccional y demanda civil interpuesta por doña Isabel del Carmen Gatica Venegas en contra de Hipermercado Tottus S.A., representado por don Julio Carrasco Saldías, por las sumas señaladas en la parte resolutiva de dicho fallo”.