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Corte revoca prisión preventiva de empresario Rodrigo Carmona

Poder Judicial

Tras más de 14 meses bajo la medida cautelar de prisión preventiva, la Corte de Apelaciones de Chillán, acogió la solicitud de revocación de tal precautoria, realizada por la abogada penalista, María Belén Acuña, en favor del empresario Rodrigo Carmona, y la reemplazó por la de arresto domiciliario total.

Lo anterior en el marco de la investigación de alcance nacional conocida como “Caso Cuentas Corrientes”, cuyo principio de ejecución por establecerse en la Municipalidad de San Ignacio, se ha estado arbitrando en el Juzgado de Garantía de Bulnes, e investigando por la Fiscalía Regional de Los Lagos.

Los antecedentes fiscales apuntan a delitos de cohecho, soborno y fraude al fisco cometidos por funcionarios municipales de San Ignacio, Ñiquén y Bulnes (al menos en la arista de Ñuble), quienes habrían aceptado dinero y otros bienes por parte de Carmona, para manipular en su favor, el proceso de licitación para contratar auditorías financieras en cada consistorio.

Hecha la auditoría, se llamaba a concurso a la Banca para el manejo de las respectivas cuentas corrientes municipales.

Hasta el momento hay imputados funcionarios públicos con cautelares que van desde el arraigo nacional, arresto domiciliario nocturno, arresto domiciliario total y, en el caso del exalcalde de Bulnes, Guillermo Yeber, la de prisión preventiva.

Debate de fondo sobre los delitos

La abogada María Belén Acuña, dijo a LA DISCUSIÓN que, “hubo diligencias que se realizaron por parte de la Fiscalía, desde el mes de mayo en adelante, que en definitiva eran favorables para mi representado, puesto que confirman los antecedentes que él entregó en una declaración que prestó en noviembre del año pasado, por lo demás, hubo una reformalización en la que se eliminó el delito de violación de secreto, porque nunca lo hubo”.

Pese a que la jurista comenzó a conocer de esta causa, que ya totaliza 28 tomos- sólo el mes de junio, asumió una postura idéntica a la de otros defensores, que respecto de sus propios representados quienes han declarado no advertir en ninguno de los pasajes de las formalizaciones, acciones que apunte, por ejemplo, al delito de fraude al fisco.

Puntualmente, el que una municipalidad contrate a un ingeniero externo para realizar una auditoría financiera, en consideración que ellos ya cuentan con profesionales capacitados para ejecutar esas acciones.

“La tesis de esta defensa es que no se ha incurrido en el delito de estafa” sostuvo la abogada, quien argumenta que “al parecer se está ante figuras que podrían ser competencia de la Fiscalía Nacional Económica y no figuras de naturaleza penal”.

Carmona, por disposición de la Corte, tampoco podrá comunicarse con el resto de los imputados que hay en esta causa.

Felipe Ahumada

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